El ferrocarril, vía hacia la accesibilidad universal

LA ACCESIBILIDAD SE HA CONVERTIDO EN UNA PRIORIDAD EN EL SECTOR FERROVIARIO. Y EL OBJETIVO ES CONSEGUIR UN TRANSPORTE PÚBLICO PARA TODOS, LIBRE DE BARRERAS ARQUITECTÓNICAS, CON UNA INFRAESTRUCTURA Y UN MATERIAL RODANTE ADAPTADO Y DOTADO CON LOS ADELANTOS TECNOLÓGICOS MÁS AVANZADOS PARA FACILITAR LOS DESPLAZAMIENTOS.

La libre movilidad en los sistemas ferroviarios es una prioridad en la que trabajan administraciones, instituciones y empresas del sector. Tanto en las nuevas redes como en la modernización de infraestructura o material rodante ya existente, la accesibilidad universal es uno de los objetivos por los que se rigen los proyectos. Todo ello también para cumplir con la Declaración Universal de Derechos Humanos o las normativas vigentes, como la Ley 51/2003, de 2 de diciembre, que en su artículo 3 defiende la de igualdad de oportunidades, la no discriminación y la accesibilidad universal de las personas con discapacidad (LIONDAU).

A escala europea, el Reglamento N° 1371/2007, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2007, establece los derechos y las obligaciones de los viajeros de ferrocarril en el ámbito de la Unión. Como principales medidas recogidas respecto a las personas con discapacidad o movilidad reducida destaca destacar la obligación para las empresas ferroviarias de:

– Facilitar a los usuarios la adquisición de billetes, que no tendrán coste añadido para las personas con discapacidad o movilidad reducida.

– Garantizar, en la medida de lo posible, la accesibilidad de los trenes y los distintos servicios ferroviarios.

– Informar a las personas con discapacidad y a las personas con movilidad reducida acerca de la accesibilidad de los servicios ferroviarios y de las condiciones de acceso al material móvil.

– Proporcionar asistencia gratuita a bordo de los trenes y en las estaciones dotadas de personal.

Además, a principios de 2021, el Consejo Europeo adoptó mejoras de los derechos de los viajeros de ferrocarril, una reforma cuyo objetivo era “reforzar los derechos de todos los viajeros, en particular de aquellos con discapacidad o movilidad reducida”.

Entre los puntos clave destaca:

– El refuerzo de los derechos de las personas con discapacidad o movilidad reducida, ya que la actual exención de los trenes regionales de la mayoría de las disposiciones relativas a las personas con discapacidad o movilidad reducida se eliminará por completo en 2023, a más tardar. “A partir de esa fecha, el derecho a recibir asistencia para embarcar y desembarcar de los trenes se aplicará a todos los trenes regionales y de larga distancia de la UE”.

– El derecho a comprar un billete a bordo si no existe una opción accesible para comprar el billete previamente

– La mejora de la transmisión de la información y de la formación del personal.

– La reducción del plazo mínimo de notificación previa para las personas con discapacidad o movilidad reducida que necesiten asistencia de 48 a 24 horas, y se fomentarán los acuerdos voluntarios para que se acorten estos plazos de notificación.

Para hacer de la accesibilidad una realidad, los medios de transporte público y la industria ferroviaria asociada han ido incorporando a lo largo de los últimos años notables avances en este campo para solventar las citadas barreras.

«Los medios de transporte público y la industria ferroviaria han ido incorporando a lo largo de los últimos años notables avances para hacer de la accesibilidad total una realidad»